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Impunidad torturas policiales españa


 
 

Juristas internacionales concluyen que el cierre de "Egin" y "Egunkaria" viola la Constitución y el Convenio Europeo de DDHH

 

Un grupo de expertos juristas internacionales ha elaborado un informe en el que afirman que la clausura de "Egin", Egin Irratia y "Euskaldunon Egunkaria" viola tanto la Constitución española como el Convenio Europeo de Derechos Humanos por su "carácter desproporcionado".

 

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Opinión

jabiero
 Tengo para mi que esta nueva ilegalización, o mejor dicho, este nuevo impedimento a que Batasuna pueda tener partido y la representación que le corresponde en las instituciones, está claramente motivado por un miedo atroz del Partido Socialista Obrero Español y del PNV a la nueva propuesta de Batasuna, no contestada de ninguna manera por ambos partidos....

Nueva propuesta en la que Batasuna da un paso inesperado situandose dentro de un sano posibilismo, asumiendo claramente la ley española (partiendo de esta en lo que podría ser la aplicación de la Transitoria cuarta de la Constitución). Una propuesta en términos escrupulosamente democráticos y en el apartado de la consulta para la posible unificación de ambas comunidades autónomas, totalmente acorde con la ley vigente.

Y tengo para mi que esto es así, que está reafirmación del apartheid por parte de PNV y PSOE está motivada por el miedo a hacer política con Batasuna en frente en las instituciones, porque se le ha estado pidiendo a Batasuna que cumpla la ley de partidos, repito y remarco: la ley; lo que dice la ley, y cuando lo ha hecho el resultado es el que todos estamos viendo, justo despues de una propuesta de Batasuna que asume la legalidad española para poder avanzar en el proceso de paz y en la negociación, incontestada por los partidos y acallada en los medios de comunicación de masas, medios (que todos sabemos a quien pertenecen) que a su vez han servido como vía de propagación de una mentira: el no cumplimiento de la ley de partidos por parte de Batasuna/ASB. Expongo a continuación lo que a mi juicio son argumentos bastante sólidos para demostrar una utilización torcida de la ley:

Como ya he dicho, en mi opinión Batasuna ha pasado por el aro de la ilegítima ley de partidos, ha cumplido lo que se le pedía para poder presentarse como partido legal con la presentación de ASB, cuyos estatutos dicen claramente apostar por vías exclusivamente pacíficas y democráticas, defendiendo los derechos humanos, y presentando entre sus objetivos alcanzar la paz por medio del diálogo multipartito en total ausencia de violencia.

De esta manera ASB expresa de forma inequívoca y explícita la renuncia o rechazo a la práctica de cualquier actividad por otros medios o vías distintas a aquellas que no sean “políticas y democráticas”. Y a ver quien es el guapo que argumenta que las vías exclusivamente políticas y democráticas son algo a perseguir o, más concretamente, que no son vías pacíficas (quizá sus señorías del 61 dentro de poco). Y es aquí donde subyace uno de los puntos clave, la exigencia de utilizar una determinada fórmula “ritual” para demostrar que la actuación de ABERTZALE SOZIALISTEN BATASUNA se realizará por medio de vías políticas, democráticas y pacíficas choca no sólo con la doctrina del Tribunal Constitucional, sino, fundamentalmente, con la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, reflejada en el caso Partido Socialista en Turquía (STEDH de 25 de mayo de 1998), pero es que además con lo que más choca es con el sentido común, ya que se pide una condena del terrorismo cuando ni siquiera existe una definición para este en la ley, o sea, lo que se hace exigiendo la condena del terrorismo es exigir el suicidio político de Batasuna, pues se exige a un espectro social contrario a las ideas y posiciones oficiales que asuman estas posiciones. Por poner un ejemplo: si un grupo como los GAL no fue considerado por los tribunales un grupo terrorista, condenar el terrorismo tal y como exige el mismo partido que creó el GAL es tragarse todos sus postulados, es suicidarse políticamente. Que no se me entienda mal, lo que intento decir es que Batasuna no habla el mismo lenguaje ni tiene por qué hacerlo, pues como señalan los fallos del Tribunal Europeo, por ejmplo en el Caso del Partido Socialista Turco, lo pretendido en España, la ilegalización sólo por no utilizar una determinada fórmula cual sería "condenamos el terrorismo" u otras, sería una ilegalización a consecuencia del libre ejercicio de la libertad de expresión de los ilegalizados, esto es algo del más elemental sentido común, pero parece que la propaganda hace su efecto. Cuando lo realmente importante aquí es que Batasuna, como anteriormente he señalado, apuesta por vías pacíficas en los estatutos de su nuevo partido ASB, y esto es lo único que hace falta para que el partido sea legal, lo que nos lleva al quit de la cuestión, la Ley de Partidos, el instrumento de los usurpadores de cientos de concejalías, del cual ya nos avisó Amnistía Internacional en su día:

  • Amnistía Internacional muestra su preocupación de que, a través de algunos artículos del proyecto de ley, se pudieran emprender procesos de ilegalización de partidos políticos que propugnen el cambio de principios constitucionales o leyes de forma pacífica, lo que sería contrario a los artículos 1, 16, 20, 22 y 23.1 de la Constitución española así como a los artículos 9, 10 y 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y los artículos 18, 19, 21, 22 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966.
    http://www.es.amnesty.org/uploads/tx_useraitypdb/inf_ley_partidos.pdf (Pag 10)

La misma entidad, en el mismo informe denunciaba las generalidades del artículo 9, con las que se puede ilegalizar a un partido simplemente por explicar en qué punto está el conflicto vasco, la situación del proceso o el uso de la violencia, análisis que además de no ser ningún delito es algo totalmente necesario:

  • En concreto, a Amnistía Internacional le preocupa los siguientes aspectos del artículo 9.3:

    Ø Que el apartado a) incluya la expresión “dar apoyo tácito al terrorismo.... exculpando y minimizando su significado y la violación de derechos fundamentales que comporta. Los términos “apoyo tácito” “exculpando o minimizando” son sumamente ambiguos y pueden dar cabida a interpretaciones que incluyan el apoyo de los fines políticos de los “grupos terroristas” o a quienes intentan explicar el uso de la violencia por parte de dichos grupos, aunque ellos no defiendan ni usen la violencia.
Continua extensamente denunciando las generalidades e impresiciones de la LDP, esa ley que vale pa to, pa un roto o un descosío (Paginas 9 y 10)

Por cierto, la no inscripción en el registro de partidos de ASB es ya de por si una circunstancia bastante anómala que (al parecer) viola el derecho a la libre creación de partidos políticos contenido en los artículos 6 y 22 de la Constitución Española. Constitucionalistas se llaman a si mismos Sonreir me rio, pero por no llorar.
Ver en este enlace alegaciones de la defensa de ASB en las que expone articulado de la ley y jurisprudencia sentada

Por otro lado ayer mismo los Mass Mierda nos regalaban otra dosis de odio y de mentira poniendo amenazas en boca de quien sólo hizo un análisis de situación. Arnaldo Otegi opinaba sobre las profecías agoreras de Josu Jon:


¿¿Cuatro apunta, Garzón dispara??

 
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